El autoconsumo consiste en producir tu propia electricidad
y consumir la energía que tú mismo generas, en este caso, con la ayuda del sol, gracias a placas solares fotovoltaicas.
El exceso de potencia que generas y no consumas se revierte a la red comercial y se te compensará por ello reduciéndolo de tú factura. Es decir, toda la energía que producen las placas solares instaladas se reduce de la factura eléctrica.
Gracias al autoconsumo fotovoltaico no sólo ahorrarás en dinero, sino que contribuirás al sostenimiento del medio ambiente
y al consumo responsable de energía.
Estas instalaciones necesitarán un equipo antivertido que garantice que no se vierte nada de energía a la red. Su tramitación administrativa es mínima.
Son aquellas instalaciones que en ciertos momentos van a mandar energía solar a la red eléctrica, por ejemplo una vivienda o industria sin actividad en horas centrales del día. Dentro de esta modalidad distinguimos dos bloques importantes:
En esta modalidad la comercializadora eléctrica compensará en nuestra factura eléctrica la energía vertida a la red. A esta modalidad, sin duda la más relevante del RD podrán acogerse las viviendas y las industrias con potencias instaladas inferiores a 100 Kw.
Estas instalaciones son aquellas, en principio mayores de 100 Kw, cuyos excentes van a ser volcados a la red pero en régimen de venta, no de compensación. El precio de la energía vertida será el dispuesto por la legislación de instalaciones generadoras de electricidad.
Todas las viviendas pueden acogerse al modelo de autoconsumo con compensación de excedentes y no será necesario pedir punto de acceso a la comercializadora eléctrica.
Todas estas instalaciones que sean inferiores a 100 Kw podrán acogerse a la modalidad de autoconsumo con compensación de excedentes. Al ser en su mayoría instalaciones mayores de 15 kw, tendrán que realizar los trámites de acceso a la red eléctrica para poder realizar el vertido, por lo que en casos en los que los excedentes sean muy escasos puede ser recomendable acogerse ala modalidad de autoconsumo sin excedentes y de esta manera no entrar en trámites con la comercializadora eléctrica
Todos: Particulares y Empresas que dispongan de un Tejado, o una Superficie disponible con una Orientación óptima.
Podrán acogerse a las ayudas reguladas por el Acuerdo las empresas que dispongan de un centro de trabajo en la comunidad de Valencia
y que desarrollen actividades que se indican a continuación: Sector Doméstico, Terciario e Industrial a Partir de 5 años.